Puebla, Pue.
La Fiscalía General de Puebla cumplió una orden de aprehensión contra José Elías Medel Galindo, excandidato a diputado investigado por divulgar fotografías de presunto contenido de pederastia con su hija menor de edad, informó la FGE.
“El caso está en curso en la Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos de Violencia de Género contra las Mujeres. Se ampliará la información cuando la indagatoria lo permita”.
En febrero pasado, la Procuraduría de la Defensa del Menor del DIF en Puebla denunció ante la Fiscalía local al excandidato a diputado del Movimiento Ciudadano por el séptimo distrito de Texmelucan; tras la difusión de varias imágenes donde aparece besando a su hija menor de edad en la boca, abrazándola con morbo y retratándose con ella mientras se encuentran desnudos en la cama.
En sus redes sociales, Elías-Medel Galindo dedicaba mensajes sexoafectivos a su hija, aludiendo a que ella era su “cita” del Día del Amor y la Amistad. También le entregaba flores, chocolates y detalles similares observados en relaciones de pareja sexuales y amorosas.
“¿San Valentín, sólo? Na’, yo desde hace siete años lo celebro con quien me da amor verdadero, incondicional y desinteresado”.
Tras los hechos, el gobernador de Puebla, Miguel Barbosa, informó que las autoridades locales investigarían si esas acciones conformaban o no el delito de pederastia y determinar “si dichas fotografías tienen algún contenido inadecuado para la menor”.
El partido que respaldaba la candidatura de Elías Medel, Movimiento Ciudadano, canceló su registro por no “contar con el respaldo de su comunidad y acreditar una conducta intachable, por lo que no tiene posibilidad de acceder a una candidatura”.
El delito de pederastia se castiga con desde 9 hasta 18 años de prisión y con 750 a 2 mil 250 días de multa, según el Código Penal Federal. Esta conducta delictiva se caracteriza porque el abusador se aprovecha de “la confianza, subordinación o superioridad que tiene sobre un menor de 18 años”.
El abuso de confianza de un pedófilo puede derivar de su parentesco con la víctima, así como su “tutela, curatela, guarda o custodia, relación docente religiosa, laboral, médica, cultural, doméstica o de cualquier índole”.
En este tipo de crímenes son responsables quienes induzcan, convenzan u obliguen a “ejecutar cualquier acto sexual, con o sin su consentimiento” a una persona menor de edad. Además de esas penas, los responsables del delito perderán la tutela o cualquier derecho que tuvieran sobre sus víctimas.
Con información de Reporte Índigo
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